Reglamento de Publicaciones
Título Uno: De las líneas de publicaciones y sus fundamentos
Artículo 1 - Las características de las líneas de publicaciones de la
Asociación Argentina de Astronomía (AAA) quedan establecidas a partir
de este reglamento y se rigen por lo establecido en los Artículos 37 y
40 del Estatuto de la AAA que se transcriben a continuación.
Art. 37o: En las reuniones científicas se podrán presentar trabajos en
las siguientes categorías: a) Informes Invitados: puestas al día sobre
temas de interés astronómico. Su presentación se hará por invitación
de la Comisión Directiva, a propuesta del Comité Científico. b)
Comunicaciones: trabajos terminados inéditos y originales, ya sea en
forma oral o a través de paneles. c) Informes de Trabajo: trabajos en
ejecución en forma de paneles. Podrán haber también actividades
dirigidas a los socios aficionados y al público en general.
Art. 40o: La Asociación Argentina de Astronomía publicará boletines
con los textos completos o resúmenes de los trabajos presentados en
cada reunión científica, así como cualquier otra información que
considere oportuna. La Comisión Directiva podrá designar un socio como
Editor del Boletín quien, conjuntamente con aquélla, será responsable
del mismo. Si resultare que un trabajo presentado no es original,
inédito, o contiene errores serios, el Editor podrá rechazarlo.
Atendiendo a lo establecido en los artículos anteriores, las líneas de
publicación incluyen: el Boletín de la Asociación Argentina de
Astronomía (BAAA), el Cuaderno de Resúmenes de cada Reunión Anual de
la AAA (CRAAA) y el Boletín Informativo de la AAA (BIAAA). A estas
tres se suman: la AAA Book Series y la AAA Workshop Series.
Título Dos: Del Boletín de la AAA (BAAA)
Artículo 2 - El Boletín de la Asociación Argentina de Astronomía
(BAAA) es una publicación periódica con arbitraje (ISSN 1669-9521) en
la que se publican artículos completos y trabajos de revisión que
hayan sido presentados en la Reunión Anual en idioma inglés o
castellano, de acuerdo con la elección de los autores.
Artículo 3 - La edición del BAAA es responsabilidad del Comité
Editorial del mismo, elegido por la Comisión Directiva y aprobado por
una Asamblea. El Comité Editorial consta de: Editor o Editor en Jefe,
Editor Invitado (generalmente el presidente del Comité Científico de
la última Reunión Anual de la AAA), Secretario Editorial, y Editor
Técnico. Con excepción del Editor Invitado, que cambiará anualmente,
los otros cargos serán trienales.
Artículo 4 - El BAAA aparecerá en forma impresa con el formato que
determine el Comité Editorial, con la aprobación de la Comisión
Directiva. El tiraje impreso será tan grande como lo permitan los
fondos disponibles y se distribuirá entre las bibliotecas
especializadas del país y del extranjero. Una copia de cada número
estará disponible electrónicamente en la página web de la AAA.
Artículo 5 - El Comité Editorial arbitrará las acciones necesarias
para que los textos publicados en el Boletín aparezcan en el
Astronomical Data System (ADS). Con este fin, y para que los artículos
y trabajos de revisión publicados en el BAAA tengan difusión
internacional, es requisito que los autores encabecen cada uno de
ellos con un resumen tanto en idioma inglés como en castellano.
Artículo 6 – En virtud del Artículo 37 del Estatuto de la AAA, si un
trabajo enviado al BAAA contiene una reproducción significativa de
material idéntico proveniente de trabajos ya publicados, en cualquier
idioma o cualquier otro medio, por alguno de los autores, no es
aceptable y constituye auto plagio. De la misma forma, no es aceptable
la reproducción exacta de un texto de otros autores o el uso de una
versión levemente modificada del mismo y/o el uso de la estructura
lógica, ecuaciones, tablas, gráficos, sin reconocimiento de la fuente,
ya que esto constituye plagio. De ser necesaria la reproducción de
material ya publicado en cualquier otro idioma o medio que esté
protegido por derechos de autor, es responsabilidad de los autores
obtener el permiso para utilizarlo, además de mencionar adecuadamente
la fuente original.
Artículo 7 – Si un artículo enviado al Boletín no fuese pertinente,
y/o no cumpliese con los requisitos establecidos en el Artículo 6 de
este Reglamento, según criterio del Editor en Jefe, éste podrá
rechazarlo.
Título Tres: Del Cuaderno de Resúmenes de las Reuniones Anuales de la
AAA (CRAAA)
Artículo 8 – En virtud del Artículo 40 del Estatuto de la AAA se
publicará, sólo en formato electrónico y en la página web de la AAA,
un Cuaderno (CRAAA) conteniendo los resúmenes de los trabajos
efectivamente presentados en formato oral o panel en cada Reunión
Anual de la AAA.
Artículo 9 – El formato del CRAAA será responsabilidad de los Comités
Organizador Científico y Local de la correspondiente Reunión Anual,
con el acuerdo de la Comisión Directiva.
Artículo 10 – El Comité Organizador Local de cada Reunión Anual
entregará al Comité Editorial del BAAA el material a publicarse en el
CRAAA no más allá de 15 días de finalizada la reunión correspondiente.
Este Comité Editorial se hará cargo de la publicación electrónica
efectiva del mismo en la página web de la Asociación.
Título Cuatro: Del Boletín Informativo de la AAA (BIAAA)
Artículo 11 – El Boletín Informativo de la AAA (BIAAA) tiene como
objetivo difundir información de interés para la comunidad astronómica
argentina.
Artículo 12 – El Comité Editorial del BIAAA, formado por dos socios de
la AAA, es nombrado por cada nueva Comisión Directiva y, por lo tanto,
se renueva al cabo de tres años.
Artículo 13 – EL BIAAA incluye información provista por la CD, por las
instituciones astronómicas del país y/o por los contenidos que genere
su Comité Editorial. Este boletín se difunde por medio del correo
electrónico a todos los socios de la AAA y una copia de cada número se
conserva en la página web de la Asociación.
Título Cinco: De las AAA Book y Workshop Series
Artículo 14 – La AAA Book Series está dedicada a la publicación de
libros monográficos, de uno o varios autores, que la Comisión
Directiva estime pueden ser de interés general para la comunidad
astronómica argentina.
Artículo 15 – Los libros de la Book Series serán editados en papel
siempre en el mismo formato y se utilizarán macros y plantillas que
serán facilitados por la Comisión Directiva y/o estarán disponibles en
la página web de la AAA.
Artículo 16 – Los costos de la edición en papel de los libros podrán
estar a cargo de la AAA en el caso de libros de gran interés para la
comunidad astronómica argentina o por cuenta de los autores o
editores. En cualquiera de estos casos deberá quedar una copia del
libro a disposición de la AAA.
Artículo 17 – Todos los libros publicados deberán mantener un alto
nivel académico que será evaluado por la Comisión Directiva quien
podrá consultar a árbitros externos.
Artículo 18 – La AAA Workshop Series está dedicada a la publicación de
actas de congresos, talleres y escuelas de astronomía que se realicen
con el auspicio de la AAA en el país o en el extranjero.
Artículo 19 – El formato será uniforme para los volúmenes de la
Workshop Series, los que podrán ser editados en papel o en formato
electrónico solamente. La Comisión Directiva facilitará macros y
plantillas para la edición y/o los pondrá a disposición en la página
web de la Asociación.
Artículo 20 – A menos que la organización del congreso, taller o
escuela estuviese a cargo de la propia Asociación, los costos de la
edición en papel correrán por cuenta de los interesados. En todos los
casos deberá quedar una copia de la publicación a disposición de la
AAA.
Artículo 21 – Es altamente recomendable que todos los trabajos
incluidos en los volúmenes de la Workshop Series cuenten con
arbitraje. El proceso de arbitraje será coordinado por los editores
del volumen correspondiente.
Artículo 22 – Para publicar un libro o volumen de las AAA Book o
Workshop Series, los interesados deberán enviar una carta dirigida al
Presidente de la AAA solicitando el aval de la Asociación y
explicitando el carácter de la publicación. El tratamiento de la
solicitud se hará durante una reunión de la Comisión Directiva.
Artículo 23 – Dado que la AAA se ha constituido como editorial ante la
Cámara Argentina del Libro, es responsabilidad de la Comisión
Directiva tramitar el número de ISBN de cada libro o volumen de la AAA
Book o Workshop Series. Esto se hará una vez que los editores
responsables informen de su inminente edición en cualquier formato. El
costo de este trámite correrá por cuenta de la AAA si la organización
del congreso, taller o escuela estuviese a cargo de la propia
Asociación o por cuenta de los interesados en caso contrario.